En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 10 de agosto del año 2011, por el abogado ANTONIO RAFAEL MIRANDA ZAMBRANO contra la sentencia de fecha 05 de agosto del año 2011, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, en el asunto principal N° JP41-V-2008-000074 de la nomenclatura de este Circuito Judicial.
SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, queda firme la sentencia apelada. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ci.....