éste Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue la Sociedad Mercantil BENESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., en contra de la Sociedad Mercantil "R. ROYAL EXPRESS, C.A.", en la persona de su representante legal, ciudadano RONALD CLEMENTE RODRÍGUEZ TORRES., en los mismos términos y condiciones expuestas por la parte actora, y de conformidad con lo previsto en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, se declara extinguida la instancia.
No hay condenatoria en costas.