Pronunciamiento:
ÚNICO: DECRETA, LA REVOCATORIA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, acordadas en su oportunidad legal, contra el imputado: FRANKLIN JESÚS MATUTE MIRANDA, ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo estipulado en el artículo 262 numerales 1., 2. y 3., en relación con el artículo 260, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y, en su defecto, SE ORDENA: LA CAPTURA del mismo, a objeto de que sea recluido en el Internado Judicial de esta ciudad y estado, a la orden de este juzgado. Queda paralizado y en suspenso de manera temporal, el proceso que se le sigue a este sujeto hasta tanto se logre su respectiva captura por el órgano de policía del estado venezolano.