El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Unipersonal Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) No admite la acusación presentada por el Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público ni las pruebas ofrecidas, contra la ciudadana Tatiana Sorangel Rodríguez Velásquez, antes identificada, por el delito de Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, por no existir bases legales para fundamentar el enjuiciamiento de dicha acusada, y en consecuencia Decreta el Sobreseimiento de la Causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, decretando el cese de la medida cautelar sustitutiva de libertad que le fue impuesta a la misma.
Regístrese, publíquese y déjese copia. Dada, Firmada y .....