-III-
DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO, de la Separación de Cuerpos y Bienes existentes entre los ciudadanos ELONYS ENRIQUE LOPEZ CEDEÑO y DAYANA ANDREINA LOVERA CASTRO, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.472.377 y V-17.016.968, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, en fecha 08/03/2007, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nro. 87, Tomo I, año 2007 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios.-
Por cuanto los cónyuges manifestaron que no adquirieron bienes durante su unión .....