Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de julio de 2024, por las ciudadanas AHLAM ABOU DE FARHAT y RIMA FARHAT ABOU, ampliamente identificadas ad-inicio del presente fallo, debidamente asistidas por el abogado FELWIN CAMPOS, contra la decisión dictada en fecha 18 de junio de 2024, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Segundo: SE CONFIRMA bajo los razonamientos expuestos en el cuerpo del pres.....