Revisada como ha sido la presente pieza jurídica, contentiva del Juicio que por INTIMACIÓN intentó el Abogado YUNIOR RAFAEL CEBALLOS PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.296.144, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.600, en su carácter de endosatario del ciudadano JOSÉ EUCLIDES PAEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.570.239, contra el ciudadano MAXIMO DOMINGUEZ COSTA, quien es extranjero, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° E-642.724, y de este domicilio, y vista igualmente la diligencia contentiva de la SUBROGACION contemplada en nuestra Ley sustantiva, en el Artículo 1.298 del Código Civil, el Tribunal le da su aprobación y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y ordena su Homologación, dando por terminado el presente juicio. Así mismo, hágasele entrega a la parte demandante, Abogado YUNIOR RAFAEL CEBALLOS PINTO en su carácter de endosatar.....