Ahora bien, de la norma antes transcrita se evidencia claramente que el lapso para la interposición del recurso de apelación en el procedimiento que nos ocupa es de tres (03) días de despacho siguientes a la fecha del vencimiento del lapso para sentenciar, toda vez que se está en presencia de un juicio sustanciado por los trámites del procedimiento breve, en tal sentido y en atención a lo dispuesto en el artículo antes aludido, éste Juzgado observa sobre las actas procesales que conforman el presente expediente, que la representación judicial de la parte demandada se dio por citada el día 10 de febrero de 2011 y presentó escrito que denominó "Regulación de Competencia" en fecha 17 de febrero de 2011, el cual se declaró extemporáneo por tardío, mediante auto de fecha 28 de febrero de 2011, por haber sido presentado al tercer 3° día de despacho siguiente a los dos (2) días provistos para la contestación de la pretensión, ahora bien, posterior a esto y habiendo transcurrido diez (10) día.....