Así se declara.
-II-
Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante, este Juzgado las considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 748, Folio Nº 248, Tomo Nº 03, de fecha 04 de agosto de 2015, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro Municipio Libertador, del Distrito Capital, correspondiente a la ciudadana GRACIELA GARCIA, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-2.956.897.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DE DEFUNCION, Nº 748, Folio Nº 248, Tomo Nº 03, de fecha 04 de agos.....