INTERLOCUTORIA: Se declaro PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de Diciembre del año 2014, por la ciudadana: FANNY MARIA MOLINA MARRERO, debidamente asistida por el abogado DAVID ANTONIO RUEDA CARMENATE, contra la sentencia de fecha 03 de Diciembre del año 2014, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guarico. SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, queda firme la sentencia apelada. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.