Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal TRIGESIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la cuestión previa del numeral 10 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por el profesional del derecho Dr. ANGEL FERMIN, abogado e inscrito en el IPSA No. 74.695., actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano MIGUEL ARCANGEL RUBIO MARTINEZ, identificado con la cédula de identidad No. V-9.351.075, en los siguientes términos: PRIMERO: Sin lugar la cuestión previas opuestas en el artículo 346 ordinal 10 del Código de Procedimiento Civil SEGUNDO: forzosamente se condena en costa a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la L. O. P......