Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda planteada por los ciudadanos: MARISA ALFONSI GOBBI, CARLO ALFONSI GOBBI, MARIA LUISA ALFONSI GOBBI Y ALVIRA ALFONSI GOBBI, en contra del ciudadano: EULOGIO GUALBERTO SÁNCHEZ DÍAZ. Todo de conformidad con lo establecido en artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido por haber transcurrido mas de un (1) año de inactividad entre las partes.