Concatenando la Probanzas acompañadas por el solicitante como es el Acta de Defunción y Partidas de Nacimientos, acompañando todo lo antes descrito con los dichos de los testigos concordantes entre sí, resulta forzoso para este Tribunal concluir a tenor de lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, que los ciudadanos ANNEMARIE ALEXANDRA KATSCH RIVERO y VICTOR SOREN KATSCH RIVERO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados la primera en la ciudad de Chernex, Cantón de Vaud, Confederación Helvética y el segundo en México D.F. Estados Mexicanos y titulares de las Cédulas de identidad Nros. 11.035.583 y 12.160.401, respectivamente, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus, ciudadano CHRISTIAN ALEXANDER KATSCH VON BADEWITZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.680.685, falleció el día 21/01/2009, según acta de Defunción Nº 008, emanada por el Registro Civil del Municipio Santos Michelena, Las Tejerías, Estado A.....