Por lo cual, en uso de las atribuciones legales previstas en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los artículos 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley decide: PRIMERO: HOMOLOGAR la Transacción Judicial celebrada por las partes, mediante escrito, de fecha cinco (05) de agosto de 2009; cursante a los folios setenta y siete (77) al ochenta y uno (81) del presente expediente judicial; en consecuencia, cumplido el lapso para intentar los recursos a que diere lugar con motivo de la presente decisión sin que las partes hagan uso de recurso alguno y una vez que la parte demandada de.....