Visto el oficio N° 0078 de fecha 19 de Febrero del año 2.009, suscrito por la abogada JASMINE ISOLE MAYZ RODRIGUEZ, Fiscal Novena del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, donde notifica a este Juzgado haber recibido comunicación N° 090109 de fecha 09-02-2.009, donde le comunican que el residente VELASQUEZ NARANJO FÉLIX ORLANDO, titular de la cédula de identidad N° V- 10.739.930, incurrió en Falta Leve, según lo establecido en el Reglamento Interno de los Centros de Tratamientos Comunitarios ( artículos 30 y 31 N°4), por lo que el Delegado de Prueba le impone AMONESTACIÓN ESCRITA, por lo que requiere a este Juzgado inste al referido penado a cumplir con las obligaciones que le fueron impuestas por este Tribunal, como las condiciones internas en el establecimiento abierto donde pernota para cumplir con el beneficio otorgado. Acompaña copia del oficio procedente del Centro de Tratamiento Comunitario "Ez.....