Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESCRIPCIÓN alegada por la demandada y PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano LUIS ALBERTO BARRAGAN JIMENEZ, contra la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DE LA ASAMBLEA NACIONAL, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de de los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo, que incluye el pago de vacaciones y bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, pago de salarios, prestación de antigüedad y sus correspondientes intereses, la cual fue ordenada cuantificar mediante experticia complementaria del fallo en los términos indicados en la motiva del mismo, en la cual se incluirá el cálculo de los inte.....