Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, acuerda el llamado a tercero de la empresa INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (I.F.E) con domicilio principal en la Avenida Perimetral de Charallave, Sector la Penita, Edificio 5, Presidencia Charallave Norte, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, conforme a las previsiones del artículo 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así mismo se ordena la notificación del PROCURADOR GENERAL DE LA REPÙBLICA por cuanto que la empresa llamada a Tercería goza de Privilegios de conformidad con el articulo 94 del decreto con fuerza de ley Orgánica de la procuraduría General de la Republica, en concordancia con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena su notificación por auto separado. LÍBRESE CARTEL Y OFICIO.
EL JUEZ
Abg. REINALD.....