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Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos FREDDY JOSE MARTINEZ GOMEZ Y JUANA YSABEL PAEZ, suficientemente identificados en los autos y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Concejo del Municipio Leonardo Infante del Estado Guarico, en fecha 16 de Enero de 1981, según acta Nº 07.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en Valle de la Pascua a los seis (06) días del mes de Diciembre del año 2.007.- Años: 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
El Juez,
Dr. José.....