Este Tribunal Sexto (6º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Guárico. Extensión Calabozo, impartió Homologación a la Transacción celebrada entre las partes en fecha diez (10) de diciembre del 2009, que riela a los folios del 19 al 23 del presente asunto, suscrita por el ciudadano FABIO VITALE LEONE, asistido por la abogada BERENICE VITALE LEONE, Inpreabogado Nº 71.020, y por la otra el ciudadano LEONARDO ANTONIO MOTA HERNANDEZ, asistido por el Abogado RICHARD PALMA, Inpreabogado Nº 79.619, y por cuanto fue ordenando el ARCHIVO DEFINITIVO, del presente expediente, líbrese oficio a los fines de su remisión y resguardo.