DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio) de las mejoras y bienhechurias existentes dentro de un lote de terreno constante de Once Hectáreas con Cincuenta Metros Cuadrados (11 Has. 50 Mt2) ubicado en la Granja Avícola La Tres B, sector Flores, Carretera Nacional Vía San Juan de los Morros, Municipio Juan German Roscio, del Estado Guárico, dentro de los siguientes linderos generales Norte: Terreno del Señor Benjamín Puente; Sur: Terreno ocupado por el señor Gonzalga Salmerón; Este: Terreno del Señor Benjamín Puente y Oeste: Finca La Veposa, conformada por las dos (2) Viviendas descritas en la parte motiva de esta decisión, a favor de la S.....