Este Tribunal Declara ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos,ZENAIDA DE LOURDES MEDINA URBINA y JUAN RAMON MEDINA URBINA venezolanos mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.393.983, y V-5.608.220, respectivamente, causahabientes de la De-Cujus ISABEL MARIA URBINA DE MEDINA, quien en vida fue venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V- 1.849.106 fallecido en fecha 2 de Julio de 2014, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda. Así se Decide.-