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Decisiones del dia 07/01/2016

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31V2014000947 N° Sentencia : PJ0062016000002 Fecha: 07/01/2016
Procedimiento:
Resolución De Contrato
Partes:
INVERSIONES FATIMA, C.A VS RESTAURAN HUNG WAN, C.A.
Resumen:
En merito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA PRESENTE INSTANCIA, y en consecuencia extinguido el procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 269 y 271 eiusdem, produciendo los efectos de este último. En virtud de la naturaleza del presente fallo y conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay expresa condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Ju.....
Juez/Ponente:
Jenny Mercedes Gonzalez Franquis
Organo:
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31V2014000319 N° Sentencia : PJ0062016000001 Fecha: 07/01/2016
Procedimiento:
Resolución De Contrato
Partes:
INVERSIONES H.L.M. 2020, C.A., E INVERSIONES SAYSA 2020, C.A. VS MUNNO PROCOPIO ROCCO
Resumen:
En virtud de lo anterior no hay duda que ante tal situación, las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho. Entonces a los fines de resolver la presente controversia, se debe determinar en el debate probatorio los siguientes hechos: 1.- La insolvencia alegada por la parte actora. 2-La validez de los pagos efectuados por la parte demandada. 3- si el contrato de arrendamiento es o no a tiempo determinado. En consecuencia para demostrar tales hechos se abre un lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de pruebas, constados a partir del día de despacho siguiente al de hoy, a tenor de lo previsto en el segundo aparte del articulo 868 del Código de Procedimiento Civil.- Y así se establece.-
Juez/Ponente:
Jenny Mercedes Gonzalez Franquis
Organo:
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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