Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 02-12-2010. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado con diferente motivación. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada incoada por el ciudadano RAMON RIVAS JEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 2.620.815 en contra de la empresa accionada CIRCUITO RADIO F.F.F. C.A. CUARTO: Se ordena a la empresa accionada a pagar al actor, los conceptos y montos especificados en la parte motiva del presente fallo. QUINTO: Se condena en cost.....