este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la INHIBICIÓN formulada por la ciudadana LORELIS SÁNCHEZ, Juez Titular del TRIBUNAL DÉCIMO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el juicio incoado por los ciudadanos SEBASTIAN VENEZIANO DE PILADE, GIUISEPPINA LUCIA PILADE VENEZIANO Y ERCOLE LUCIO PILADE VENEZIANO en contra de la ciudadana MARÍA PITA DE PITA, por estar propuesta en forma legal y fundada en causal establecida por la Ley.
SEGUNDO: SE ORDENA la remisión mediante oficio del presente expediente al Juzgado DÉCIMO OCTAVO de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.