JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES DEL LLANO Y CHAGUARAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- Valle de la Pascua: Siete de Abril de Dos Mil Cinco.-
194° Y 146°
Vista la diligencia cursante a los folios 55 y 56 suscrita por RAFAEL EDUARDO VASQUEZ PIÑANGO debidamente asistido del abogado OMAR ANTONIO FLORES; y los abogados ELISA J. IROBA Y SAUL LEDEZMA, con el carácter acreditado en autos, mediante la cuál celebran transacción, el Tribunal la admite y acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público o a alguna disposición expresa en la ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACION a la transacción realizada por las partes en fecha 05 de Abril de 2005, ordena la terminación del juicio y el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil Igualmente se suspende la Medida de Embargo Preventivo.....