este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SE REVOCA el auto de fecha 09 de marzo de 2011 mediante el cual se acuerda actualización de experticia. SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República mediante oficio acompañado de todo lo conducente para formarse criterio acerca del asunto de conformidad con el artículo 97 del Decreto con Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. TERCERO: Se suspende la causa por (30) días continuos contados a partir de la fecha de consignación en el expediente de la notificación practicada. CUARTO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión. CUARTO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.