PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16/01/2017, por el ciudadano JOSE RAMON ROSALES DEL PINO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No V.-22.354.661, asistido por la abogada IRENE GAMARDO inscrita en el Inpreabogado bajo el No 57.945, contra la decisión dictada en fecha 12 de enero de 2017, por el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial, en el asunto signado bajo el Nº AH52-X-2015-000557.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 12 de enero de 2017, dictada por el Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el asunto signado bajo el Nº AH52-X-2015-000557.