En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada en este proceso.
En consecuencia, se declara procedente la pretensión de desalojo contenida en la demanda intentada por la ciudadana LUCIA MICCICHE en contra del ciudadano EDGAR ALEXANDER MEJÍAS TORRES, ambos bien identificados en el encabezamiento de esta decisión, y en tal virtud, se condena a la parte demandada a hacer entrega inmediata a la parte actora de la cosa arrendada, constituida por una habitación para vivienda distinguida con el N° 2, la cual forma parte de la casa-quinta denominada Rosa Elena, ubicada en la Calle San Antonio, Urbanización Sábana Grande, parroquia El Recreo, Municipio Libertad.....