Se declaró, sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada, ejercida en el caso de autos por el Abg. Elías de Jesús Quiame Gil, contra la decisión del Juzgado 3° de Control de este Circuito, extensión Valle de La Pascua, de fecha 27-03-2007, que decretó la detención judicial preventiva de la ciudadana Yubiry Candelaria González Méndez, por el delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el artículo 31 segundo aparte de la ley de la especie, todo ello en virtud de que se encuentran satisfechos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en consecuencia se confirma el auto recurrido. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 447.4, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.