Dispositiva: Con fuerza en la motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: Admite y declara con lugar la inhibición planteada por la abogada JOHANA ADELAIDA CANCINO CASTILLO, en su condición de Jueza del Tribunal Segunda de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Sede San Juan de Los Morros, de conocer la causa signada con el alfanumérico JP01-P-2016-004537, seguida en contra de los ciudadanos ERICK HERRERA AGRAZ y JORGE ANTONIO FIGUEROA NAREA, con fundamento en los artículos 89.7 y 90 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la remisión de la presente incidencia a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Sede San Juan de los Morros a los fines de que remita al tribunal de juicio competente que actual.....