En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Niega y por ende declara SIN LUGAR la solicitud de decaimiento de la medida de coerción planteada por el Abg. OSCAR O. TRIANA B. en beneficio de sus representados, los acusados MAURICIO BERMUDEZ BEDOYA. RODRIGO BERMUDEZ BEDOYA JUAN CARLOS MUÑOS DE SOSA, ALIRIO ANTONIO QUICEMO DUQUE y HENRY QUINTERO MARTINEZ ampliamente identificados en autos y en consecuencia RATIFICA la Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada por el Tribunal de Control N° 01 de esta extensión judicial del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, en fecha 15 de junio 2004,.de conformidad a lo establecido en los articulo 29 y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 244 del Código orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: S.....