con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastante y suficientes las justificaciones evacuadas para asegurar la posesion a favor del ciudadano: Luis Omar González Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.619.169, de este domicilio, Una (01) vivienda de uso familiar construida de bahareque, techo de Zinc, piso de tierra, una (01) construcción de bahareque, destinada al área de cocina, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Carretera vía Paso El Caballo; SUR: Carretera Los Garzones; ESTE: Terrenos ocupados por la Señora Juana Perera y OESTE: Terrenos ocupados por el Señor Juan Romero.-
Se dejan a salvo los derechos de terceros, expídanse copias certificadas del la presente solicitud, de conformidad con el art.....