Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la ciudadana ANA JULIA SANTO de LANZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.324.344.
Publíquese y Regístrese