PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Perención de la Instancia en la presente causa correspondiente a la demanda por EJECUCION DE HIPOTECA, intentada por los ciudadanos Abogados ANTONIO JOSE RIVERO BERRIOS Y FERNAND BARROSO FUENMAYOR, ya identificados, en su carácter de Apoderados Judiciales del FONDO DE DESARROLLO REGIONAL DEL ESTADO GUARICO "FONDER" contra los ciudadanos JESUS RAFAEL MARTINEZ MARTINEZ Y TIBIMAR JOSEFINA BLANCO DE MARTINEZ, también identificados.- SEGUNDO: Se da por terminado el presente proceso, en las condiciones establecidas en el artículo 270 ejusdem.- En consecuencia, se suspende la Medida acordada por este Tribunal por auto de fecha 29 de Enero de 2.001, cursante a los folios 21 y 22 del Cuaderno de medidas del presente Expediente .-