En fuerza de los razonamientos y consideraciones antes expuestas, este Tribunal Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por Prescripción Adquisitiva intentó la ciudadana MARÍA CRISTINA ROCHER JIMÉNEZ, colombiana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-997.881 contra el ciudadano VINCENZO MANIGLIA STREFEZZA, italiano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-131.935, sobre un inmueble constituido por un apartamento que forma parte de la Residencia INALBA, señalado con el Nº 105 del piso 10, ubicado entre las esquinas de Esperanza a Caridad, Parroquia San José, Municipio Libertador, Distrito Capital.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Proced.....