Se admitió demanda presentada por los abogados CLODOMIRO JOSÉ BARROETA BRICEÑO y CARLOS EDUARDO AINAGAS MACHUCA, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nros. 168.493 y 167.451, respectivamente, en representación del ciudadano JESÚS GREGORIO CUBILLAN CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 14.386.948 y se ordenó emplazar al ciudadano JORGE ANTONIO BRAVO BUSTAMANTE, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 10.520.319 y se ordenó aperturar el cuaderno de medida.-