DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial Civil existente entre los ciudadanos: RAYR JONATHAN SANCHEZ ALMEIDA y YIDARE DEL CARMEN SOLANO PEÑA venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N°. V-15.392.579 y V-16.923.414, respectivamente, domiciliados en la Calle Meneco, casa S/N de esta ciudad de San Juan de los Morros del Estado Guárico, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 295 de año 2015, que cursa al folio tres (03) vlto y cuatro (04) fte del presente asunto, de con.....