Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana CLEOFINA CARDENAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-440.190, debidamente asistida por el abogado PEDRO ANTONIO BARRIOS PÉREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 41.946, en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN; y en consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA al Ministerio del Poder Popular para la Educación, reajustar el monto de la pensión de jubilación otorgada a la ciudadana CLEOFINA CARDENAS, ya identificada, desde el día 29 de agosto del año 2012, al sueldo asignado al cargo de Docente No Graduado, y solo sí dicho sueldo es inferior al salario mínimo men.....