Fue practicada medida de embargo preventivo, sobre la cuenta corriente Nº 01050011701011202271, perteneciente a la empresa NIBRA C.A., hasta por la cantidad de CIENTO SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES CON VEINTISÉIS CENTIMOS (Bs. 177.819,26), del Banco Mercantil, declarando su desposesión jurídica y los coloca en posesión del ciudadano REINALDO ALBARRAN BALZA, quien cumpliendo con todas las formalidades de la Ley de Depósitos Judiciales, en nombre de esta entidad bancaria, fungirá como depositaria judicial de la cantidad de dinero aquí embargada preventivamente.