Es por las razones expuestas que este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio Nº 03, actuando en el nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECIDE: PRIMERO: Sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el imputado JOSE RAFAEL SEIJAS BASTIDAS, venezolano, nacido el 09-12-1959, titular de la cedula de identidad N° 8.560.659, residenciado en Urbanización El Palmar, manzana 48, casa N° 21, de esta ciudad, por una medida cautelar sustitutiva, consistente en la obligación de presentarse ante la oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial Penal, cada diez (10) días, así como informar al tribunal cualquier cambio de residencia. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3° y 9° del Código orgánico procesal Penal. En consecuencia se acuerda la libertad inmediata del imputado JOSE RAFAEL SEIJAS BASTIDAS, previa imposición mediante acta de la presente decisión y de la fecha del juic.....