Vista la proposición hecha por el Ciudadano: RAFAEL ANTONIO VIDAL MOTABAN, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: MIREYA ELIZABETH FARFAN RIOS, insertado en el folio 14, donde se estableció para el beneficio de los niños XXXXXXXXXXX, XXXXX, XXXXXXXX, XXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX, depositara en la cuenta de ahorro que aperture la representante de los menores, en el Banco Banfoandes, la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400, oo) Mensual, asì como todo lo concerniente a la època escolar y decembrina, mèdico y medicinas cuando el caso lo amerite.- En consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, y se acuerda librar oficial al Gerente del Banco Banfoandes, aperture cuenta de ahorro a nombre de ella, el cual serà movilizada y maneja por la Ciuda.....