En mérito a los anteriores razonamientos, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDIANRIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA INADMISIBILIDAD de la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por el ciudadano CARLOS ANTONIO SABINO DIAZ, contra el ciudadano CESAR AUGUSTO REYES, todos suficientemente identificados en el texto de esta sentencia.
En virtud de la especial naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada del presente fallo en el copiador respectivo de este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los ocho (08) días del mes de abril de dos mil catorce (2.014). Años: 203 .....