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Decisiones del dia 08/06/2010

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2009-005264 N° Sentencia : Fecha: 08/06/2010
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
OSWALDO APONTE CONTRA LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS LIGERAS Y COMERCIO
Resumen:
PARCIALMENTE CON LUGAR por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano OSWALDO APONTE contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS LIGERAS Y COMERCIO, ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos, tomando en cuenta un tiempo de servicios comprendido desde el día 18-03-2003 hasta el 30-06-2009 y un último salario mensual de Bs.F 3.793,26, es decir diario de Bs.F 126,44: 1- Prestación de antigüedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, la cantidad de 393 días a razón del salario integral devengado en el mes correspondiente, tomando en consideración las alícuotas por bonificación de fin de año a razón de 15 días de salario anual y bono vacacional a razón de 7 días para el primer año, más un día por cada año de acuerdo con la vigencia de la relación de trabajo, de conformida.....
Juez/Ponente:
Marianela Melean
Organo:
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2008-005617 N° Sentencia : Fecha: 08/06/2010
Procedimiento:
Perención
Partes:
FREDDY ELOY DÍAZ MARCANO CONTRA MERCADOS DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL, C.A.),
Resumen:
Es el caso que desde el día de 15 de junio de 2009 hasta la presente fecha ha transcurrido más de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, en consecuencia, este Tribunal declara la PERENCIÓN en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, según el cual toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes y lo establecido en el artículo 202 euisdem, conforme al cual la perención se verifica de pleno derecho y debe ser declarada de oficio por auto expreso del Tribunal, en concordancia con lo establecido en el numeral 3° del artículo 267 y lo previsto en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.
Juez/Ponente:
Marianela Melean
Organo:
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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