-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos OSCAR ARMANDO MORA MARTINEZ y GLORIA ESPERANZA SANCHEZ DE MORA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-10.191.486 y V-14.992.127, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 12 de octubre de 1990, por ante el Registro Civil del Municipio Pedro Maria Ureña, Estado Táchira, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el 542, del libro de matrimonios correspondiente al año 1990, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión.....