Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL ESTADO GUÁRICO, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA A DECIDIR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud formulada por el Ministerio Público, por lo que se Decreta el Sobreseimiento Provisional de la Causa que se le sigue al Ciudadano YOHAN JOSE GONZÁLEZ LISCANO venezolano, de 16 años de edad, soltero, Estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.703.781, natural de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico donde nació en fecha 17/01/1989, hijo de Elías Rafael Liscano y de Miríam González, residenciado en el Sector Guyqueríes, calle 04, Casa S/N al lado del Puente de la ciudad de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, y, en consecuencia procede la suspensión temporal del presente proceso o se impide su continuac.....