En virtud de lo anterior y como quiera que no se han verificado la citación de los co-herederos conocidos AMINTA, VICTOR e INGRID RAMOS BLANCO, ni se ha designado DEFENSOR JUDICIAL DE LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS, para entender la citación de estos, de conformidad con la exigencia contenida en el artículo 232 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal les designa DEFENSOR JUDICIAL en la persona del abogado CIRILO RAMOS LEAL, inscrito en el Inpreabogado con el No. 4.583, a quien se acuerda notificar para que manifieste la aceptación o excusa a tal nombramiento y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Líbrese boleta de notificación.