DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de los municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoara el BANCO PROVINCIAL BANCO UNIVERSAL C.A, a través de su apoderada Judicial, la abogada en ejercicio ALICIA FERNANDEZ CALVO, Inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 26.257, contra la ciudadana CARMEN ELENA GOMEZ PADRON, todos plenamente identificados, en consecuencia, se declara resuelto el contrato de venta con reserva de dominio, rielan en los folios 08 al 11.
Se condena en costas procesales a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese. Publíquese. Déje.....