Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Administrado Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo establecido en el artículo 267, Ordinal Primero (1ero) del Código de Procedimiento Civil.-
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción
Judicial de Área Metropolitana de Caracas. En Caracas a los ___________días del mes de _____________de dos mil seis (2006).- 196° y 147°
LA JUEZ
ABG. IRENE GRISANTI CANO
EL SECRETARIO
ABG. RAFAEL ABREU
En esta misma fecha siendo las _________ previa las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior decisión.-
EL SECRETARIO,
IGC/RA/JAR
EXP No. 2003-0674.-
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