PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la excepcionada LEIDA MARINA FRANCO MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.343.954 domiciliada en la Ciudad de Calabozo, Estado Guárico. Se CONFIRMA, el fallo de la recurrida Juzgado de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Calabozo, de fecha 05 de marzo de 2007. Se declara CON LUGAR, la Acción de Nulidad de Cesión de Crédito Hipotecario intentado por la parte Actora, Ciudadana MARÍA DEL CARMEN SALAS DE ANGELINI, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº 699.799, domiciliada en la Ciudad de Caracas. En consecuencia se declara NULO el contrato de cesión de crédito hipotecario efectuado por el De cujus a favor de la accionada, otorgado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Miranda del Estado Guárico, de fecha 24 de agosto de 2004, anotada baj.....