En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano BRUNO DE ANGELLY FERNÁNDEZ, asistido por el Abog. JAVIER PÉREZ LUGO, contra la decisión proferida en fecha 03 de agosto de 2009, por el Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, que declaró CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN tramitada en el expediente N° 09-1.141 de la nomenclatura de ese tribunal.
SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, queda firme la decisión apelada.
TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.